Artículo 2215 Código Civil del Estado de Zacatecas
Título DÉCIMO
En la transacción sólo hay lugar a la evicción cuando en virtud de ella da una de las partes a la otra algún bien que no era objeto de la disputa y que, conforme a derecho, pierde el que lo recibió
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial