Artículo 2134 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo SÉPTIMO
Cesa la capacidad jurídica de estos grupos en los casos señalados por la ley, y cuando se haya realizado o extinguido el fin con motivo del cual surgieron
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial