Artículo 175 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo TERCERO
La apropiación de los animales domésticos se rige por las disposiciones contenidas en el título relativo a los bienes mostrencos.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial