Artículo 1252 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo SEGUNDO
Salvo el caso del concursado, el deudor podrá gozar de plazo si asegura el cumplimiento de la obligación con garantía real suficiente.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial