Artículo 1155 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo SEGUNDO
La propiedad de los documentos civiles que sean al portador, se transfiere por la simple entrega del título
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial