Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 991 Código Civil del Estado de Yucatán

Capítulo I

Para que el contrato sea válido, debe reunir las siguientes condiciones:

I.- Capacidad de los contratantes.

II.- Mutuo consentimiento.

III.- Que el objeto materia del contrato sea lícito.

IV.- Que se celebre con las formalidades que exigen las leyes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial