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Leyes Descargar AYA

Artículo 1888 Código Civil del Estado de Yucatán

Capítulo X

Son aplicables a la partición entre los socios, en lo conducente, las mismas reglas establecidas para la partición entre herederos.

SECCIÓN SÉPTIMA DE LAS ASOCIACIONES.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial