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Leyes Descargar AYA

Artículo 1307 Código Civil del Estado de Yucatán

Capítulo IV

En los casos de los dos artículos anteriores, si el que adquiere elige la rescisión del contrato, está obligado a devolver la cosa libre de los gravámenes que le hayan impuesto.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial