Artículo 992 Código Civil del Estado de Veracruz
Capítulo VI
Cuando haya constancia que demuestre quién fabricó la pared que divide varios predios, el que la costeó es dueño exclusivo de ella; si consta que se fabricó por los colindantes, o no consta quién la fabricó, es de propiedad común.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial