Artículo 807 Código Civil del Estado de Veracruz
Capítulo III
Son bienes del dominio del poder público, los que pertenecen a la Federación, a los Estados y a los Municipios.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial