Artículo 2697 Código Civil del Estado de Veracruz
Capítulo II
Las disposiciones de los artículos precedentes se entenderán sin perjuicio de lo que dispongan las leyes sobre cultivos y aprovechamiento de tierras propias para la ganadería y la agricultura que se hayan expedido o se expidieren en el Estado.
TITULO DECIMOSEGUNDO
DE LOS CONTRATOS ALEATORIOS
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- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial