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Leyes Descargar AYA

Artículo 2350 Código Civil del Estado de Veracruz

Capítulo II

El juez, según las circunstancias del caso, decidirá además sobre el pago de los daños y perjuicios que se causen al arrendatario por falta de oportunidad en las reparaciones

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial