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Leyes Descargar AYA

Artículo 987 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo I

Los acreedores del usufructuario pueden embargar los productos del usufructo, y oponerse a toda cesión o renuncia de éste siempre que se haga en fraude de sus derechos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial