Artículo 55 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo III
Los derechos, deberes y obligaciones que respectivamente otorga e impone a los cónyuges el matrimonio serán siempre iguales para ambos, cualquiera que sea su aportación al pago de los alimentos
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial