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Leyes Descargar AYA

Artículo 520 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo III

En el caso del artículo 515, cada heredero dará la garantía que corresponda a la parte de bienes que administre

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial