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Leyes Descargar AYA

Artículo 479 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Título DECIMO

El emancipado tiene la libre administración de sus bienes; pero siempre necesita durante la menor edad:

I.- De la autorización judicial para la enajenación, gravamen o hipoteca de bienes raíces;

II.- De un tutor para los negocios judiciales. TITULO DUODECIMO DE LA MAYOR EDAD.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial