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Leyes Descargar AYA

Artículo 400 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo X

El tutor está obligado a inscribir en el inventario el crédito que tenga contra el incapacitado; si no lo hace se extingue el crédito.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial