Artículo 4o. Código Civil del Estado de Tlaxcala
Libro PRIMERO
La ley civil, en el Estado de Tlaxcala, tendrá carácter proteccionista en favor de las personas cultural, social o económicamente débiles. (ADICIONADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial