Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 3059 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo VII

Prescribe en diez años la acción para pedir la partición de la herencia, contra el coheredero que ha poseído el todo o parte de ella en nombre propio

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial