Artículo 3001 Código Civil del Estado de Tlaxcala
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- Primer registro
- Sin cambios
- Cambió
- Sin cambios
El albacea, dentro del primer mes de ejercer su encargo, fijará de acuerdo con los herederos, la cantidad que haya de emplearse en los gastos de administración, y el número y sueldo de los dependientes. (REFORMADO, P.O. 06 DE NOVIEMBRE DE 2023)