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Leyes Descargar AYA

Artículo 2996 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo V

El testador y los herederos, sean testamentarios o legítimos, por mayoría calculada conforme al artículo 2971, pueden dispensar al albacea del deber de garantir su manejo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial