Artículo 293 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo I
Tienen incapacidad natural y legal:
I.- Los menores de edad;
II.- Los mayores de edad privados de inteligencia por locura, idiotismo o imbecilidad, aun cuando tengan intervalos lúcidos;
III.- Los sordomudos que no saben leer ni escribir; (REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016) IV.- Los ebrios consuetudinarios y los que habitualmente hacen uso no terapéutico de enervantes, estupefacientes, psicotrópicos o de cualquiera otra sustancia que altere la conducta y produzca farmacodependencia; y (ADICIONADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016) V.- Los mayores de edad cuyo estado de salud les impida tomar decisiones por sí mismos, mientras dure aquel.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial