Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2888 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo III

Si quedan hijos y nietos los primeros heredarán por cabezas y los segundos conforme a su derecho de representación

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial