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Artículo 2788 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo VIII

Es nulo el testamento otorgado por violencia, o captado por dolo o mala fe, aunque en el testamento se beneficie a persona distinta del autor de la violencia, del dolo o de la mala fe. Para calificar la violencia, el dolo y la mala fe se aplicarán los artículos 1305 y 1308

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial