Artículo 2661 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo III
Por presunción de influjo contrario a la verdad o integridad del testamento, son incapaces de heredar el notario y los testigos que intervinieron en él, y sus cónyuges, descendientes, ascendientes o hermanos, así como las personas con quién el notario o los testigos vivan en concubinato
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial