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Artículo 2486 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo I

Puede darse prenda para garantizar obligaciones futuras o condicionales; pero en este caso para hacer efectiva la garantía prendaria debe probarse que la obligación principal llegó a ser legalmente exigible.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial