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Leyes Descargar AYA

Artículo 2131 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Título OCTAVO

Si el bien se deteriora por el solo efecto del uso para que fue concedido y sin culpa del comodatario, no es éste responsable del deterioro. El comodatario no tiene derecho para repetir el importe de los gastos ordinarios que se necesiten para el uso o la conservación del bien. Tampoco tiene derecho el comodatario para retener el bien a pretexto de lo que por expensas o por cualquiera otra causa le deba el dueño. Siendo dos o más los comodatarios, están sujetos solidariamente a las mismas obligaciones

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial