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Leyes Descargar AYA

Artículo 2014 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo I

Se prohibe a los magistrados, a los jueces, a los encargados de los establecimientos públicos y a los funcionarios o empleados públicos, tomar en arrendamiento los bienes que deban arrendarse en los negocios en que intervengan o que administren con ese carácter.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial