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Leyes Descargar AYA

Artículo 1903 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo V

Debe también el vendedor entregar todos los frutos producidos desde que se perfeccione la venta, y los rendimientos, accesiones y títulos del bien.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial