Artículo 1584 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo V
Habrá evicción cuando el que adquirió un bien fuere privado del todo o parte de él, por sentencia que cause ejecutoria, en razón de algún derecho anterior a la adquisición
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial