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Artículo 1522 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo V

Salvo prueba en contrario, se presume que el bien se pierde por culpa de quien lo tenga en su poder.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial