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Artículo 1332 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo VII

Cualquiera que sea la generalidad de los términos de un contrato, no deberán entenderse comprendidos en él bienes distintos y casos diferentes de aquellos sobre los que los interesados se propusieren contratar.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial