Artículo 1277 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo I
El contrato oneroso es conmutativo cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas, en cuanto a su existencia y cuantía, desde que se celebra el contrato. Es aleatorio cuando las partes o una de ellas desconocen la existencia o cuantía de las prestaciones que deben, por depender tales prestaciones de un acontecimiento futuro
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial