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Leyes Descargar AYA

Artículo 126 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Sección III

El juez estudiará de oficio la caducidad de la acción

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial