Artículo 1032 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo III
Cuando los juicios interesan al nudo propietario y al usufructuario, contribuirán a los gastos y a las costas en proporción a sus derechos respectivos si el usufructo se constituyó a título gratuito; pero el usufructuario, en ningún caso estará obligado a responder por más de lo que produce el usufructo.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial