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Leyes Descargar AYA

Artículo 616 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo V

Declarada la presunción de muerte, se abrirá el testamento del ausente, si no estuviere ya publicado conforme al Artículo 591 los poseedores provisionales darán cuenta de su administración en los términos previstos en el Artículo 603,y los herederos y demás interesados entrarán en la posesión definitiva de los bienes, sin garantía alguna. La que se hubiere otorgado quedará cancelada.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial