Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2594 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo I

Se prohibe a los notarios o a cualesquiera otras personas que hayan de redactar disposiciones de última voluntad, dejar hojas en blanco y servirse de abreviaturas o cifras, bajo la pena de multa a los notarios cuyo importe será de diez a cien días salario mínimo general más alto vigente en la Entidad y de la mitad a los que no lo fueren, que impondrá el Juez que conozca del juicio sucesorio y hará efectiva la oficina fiscal del lugar

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial