Artículo 2517 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Capítulo VIII
- En los legados alternativos la elección corresponde al heredero, si el testador no la concede expresamente al legatario y en ellos se observará lo dispuesto en este Código respecto a las obligaciones alternativas
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial