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Artículo 2137 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo I

La fianza puede constituirse no sólo en favor del deudor principal, sino en el del fiador, ya sea que uno u otro, en sus respectivos casos, consienta en la garantía, ya sea que la ignore, ya sea que la contradiga.

A la fianza de fianza que es la que se constituye en favor del fiador, se le llama también subfianza

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial