Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1729 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo II

- Para fijar el importe máximo de las reparaciones que se autoricen en el caso del Artículo anterior y para resolver sobre la necesidad de la autorización, se oirá a un perito designado por el Juez

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial