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Leyes Descargar AYA

Artículo 164 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo V

- El menor que con arreglo a la ley pueda contraer matrimonio, puede también otorgar capitulaciones, las cuales serán válidas si al otorgamiento concurren las personas cuyo consentimiento previo es necesario para la celebración del matrimonio.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial