Artículo 1306 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Sección VIII
El contrato es unilateral cuando una sola de las partes se obliga hacia la otra sin que ésta le quede obligada
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial