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Leyes Descargar AYA

Artículo 125 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo I

Sólo pueden prometerse en matrimonio los que tienen la edad requerida para contraerlo. Cuando los prometidos sean menores de edad, los esponsales no producirán efectos jurídicos si no han consentido en ellos sus representantes legales

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial