Artículo 1222 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Sección I
Es también anulable el pago hecho por el deudor insolvente antes del vencimiento del plazo
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial