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Leyes Descargar AYA

Artículo 1085 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Sección V

- Las obligaciones son divisibles cuando tienen por objeto prestaciones susceptibles de cumplirse parcialmente.

Son indivisibles si el objeto de las prestaciones, por su naturaleza o por convenio, no pueden ser cumplidas sino por entero

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial