Artículo 5 Código Civil del Estado de Tabasco
Límites al ejercicio de los derechos Los habitantes del Estado de Tabasco tienen obligación de ejercer sus actividades, de usar y disponer de sus bienes en forma que no perjudiquen a la colectividad, de manera que redunde en beneficio de ésta, bajo las sanciones respectivas. También tienen la obligación de ejercer sus derechos, de usar y disponer de sus bienes, cuando por el no ejercicio, uso o disposición, se cause un perjuicio general o se impida un beneficio colectivo.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial