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Artículo 3204 Código Civil del Estado de Tabasco

Capítulo I

Solicitud de que se mejore la hipoteca Si el inmueble hipotecado con o sin culpa del deudor, fuere insuficiente para la seguridad de la deuda, podrá el acreedor exigir que se mejore la hipoteca hasta que a juicio de peritos garantice debidamente la obligación principal.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial