Artículo 2843 Código Civil del Estado de Tabasco
Título DECIMO
Judicial El secuestro judicial es un acto de autoridad que se constituye por resolución del Juez para asegurar bienes, garantizar con ellos los derechos del acreedor y pagar a éste con el importe que se obtenga del remate de tales bienes.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial