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Artículo 2597 Código Civil del Estado de Tabasco

Capítulo UNICO

Adquirente de buena fe Lo dispuesto en el artículo anterior, no perjudica los derechos que a título oneroso haya adquirido un tercero de

buena fe sobre el bien que reclame el que sufrió la evicción.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial