Artículo 1812 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo V
Elección del pago El albacea tiene derecho de elegir entre lo que le deja el testador por el desempeño del cargo y lo que la ley concede por el mismo motivo.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial